Para
adquirir la condición de socio de número se requiere ser mayor
de edad con capacidad legal de obrar y compartir los fines
de la Asociación. La Junta Directiva determinará la aceptación
de un socio en virtud de la concurrencia en su solicitud de
los requisitos que se exigen en los Estatutos de la SEFM.
La cuota anual de la SEFM es, por decisión de la Asamblea
General, de 2000 pesetas, que deberán ser abonadas antes de
los 15 días posteriores a la inscripción como socio y, a partir
de entonces, en la primera quincena de Octubre de cada
año. La adhesión a la Asociación supone la aceptación de los
presentes Estatutos, el cumplimiento de los acuerdos de los
órganos directivos y el pago de la cuota fijada por la Asamblea
General. Los derechos del asociado suponen la participación
con voz y voto en la Asamblea General y en las comisiones
y grupos de trabajo que se constituyan para la consecución
de los fines de la asociación, la condición de electores y
elegibles para cargos directivos y el acceso a todos los servicios
que la Sociedad ponga a disposición de sus socios.